Como ha sido ampliamente difundido, uno de los principales impactos de la pandemia de COVID-19 en el país es el incremento del número de trabajadores que son enviados al seguro por desempleo.
Para aquellas empresas que cuentan con proyectos de inversión presentados a la COMAP y se comprometieron al indicador de generación empleo, la Circular N°2/09, establece lo siguiente:
- En la situación actual (base para medir el incremento de personal), se deben considerar los funcionarios que estuvieron con seguro por desempleo, a efectos de que cuando estos sean incorporados como personal activo a la empresa, no sean incluidos en el incremento del indicador. Es decir que cuando se calcula el promedio del personal de los 12 meses previos a la presentación del proyecto, este cálculo debe incluir el personal en seguro por desempleo.
- En los años proyectados (5 ejercicios económicos), se deben considerar únicamente los funcionarios activos, y por lo tanto, no incluir el personal en seguro por desempleo en dichos años.
Por otro lado, el Decreto 143/2018, establece en su Artículo 12 (Cronograma de indicadores), que “en caso de que razones de fuerza mayor debidamente fundadas impidan cumplir con el cronograma de indicadores de la forma prevista al momento de la presentación del proyecto, podrá solicitarse autorización para la suspensión del cronograma, por un máximo de 2 (dos) años. En todos los casos, las empresas deberán cumplir con los indicadores comprometidos por 5 (cinco) ejercicios, o el plazo del cronograma de inversiones, si éste fuese mayor”.
Fuente: COMAP